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viernes, 6 de mayo de 2016
martes, 3 de mayo de 2016
martes, 15 de marzo de 2016
liquidación despido injustificado
Si te acaban de despedir, ¿a qué tienes derecho?
Tiene derecho a demandar el pago de:
Tres meses de salario por concepto de Indemnización Constitucional.
La prima de antigüedad *.
Al pago de tus partes proporcionales de:
Aguinaldo
Vacaciones y prima vacacional
Prestaciones que hayas generado y que no te han cubierto.
En caso de que no te interese el pago de las prestaciones mencionadas, tienes derecho a demandar que te reinstalen en tu puesto con los mismos términos y condiciones que venías desempeñando, además de:
El pago de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo que sé generen hasta la fecha en la que seas físicamente reinstalado.
El reconocimiento de la antigüedad durante todo el tiempo que dure el juicio.
A los ascensos escalafonarios (subir de nivel en tu centro de trabajo).
A los salarios caídos desde la fecha del despido hasta la fecha en la que seas realmente reinstalado.
A la continuación del pago de las aportaciones al sistema de ahorro para el retiro.
Fundamento 48, 87, 79, 80, 162 de la Ley Federal del Trabajo.
* Consiste en el pago de doce días de salario por cada año de servicios prestados, tomando como base para el pago de esta prestación el doble del salario mínimo, en el caso de que el trabajador perciba un salario superior a este.
¿Cuál es el tiempo que tienes para demandar a tu patrón por un despido injustificado?
Cuentas con dos meses para demandar a tu patrón por el despido injustificado, a partir del día siguiente en que ocurrió el mismo.
Fundamento Legal artículo 518 de la Ley Federal del Trabajo.
CC por puebla MASS
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